Solicitud notarial para incorporar un correo electrónico al domicilio social de CONSULTORIA DELTA SOCIEDAD ANÓNIMA
La evidencia muestra que se presentó una solicitud ante notario para incorporar un correo electrónico al domicilio social de la sociedad CONSULTORIA DELTA SOCIEDAD ANÓNIMA. La solicitud la presentó el señor RAFAELANGEL VARGAS SANCHEZ en su calidad de representante legal de la sociedad y se formuló "conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete", según el texto registrado.
Lo que consta en la evidencia es la presentación de la solicitud y su asiento notarial. Por lo tanto, la evidencia prueba la existencia y formalización notarial de la solicitud, no el resultado ni efectos legales posteriores.
La solicitud figura en una escritura pública identificada como "número ciento sesenta y cuatro", visible al folio "noventa y tres vuelto" del protocolo, tomo tres. La escritura se firmó "a las trece horas, del día veinticinco de mayo del año dos mil veintiséis". El asiento notarial fue fechado en Heredia "a las dieciséis horas del veinte de julio del dos mil veintiséis". El notario que registra la actuación es Fabio Arias Soto y la referencia documental incluida en la evidencia es ( IN202601121005 ).
El solicitante se identifica como RAFAELANGEL VARGAS SANCHEZ, en su calidad de representante legal de CONSULTORIA DELTA SOCIEDAD ANÓNIMA. La evidencia incluye la cédula de persona jurídica con la redacción "número tres ciento uno doce mil doscientos noventa y nueve" tal como aparece en el documento.
El texto cita la ley número diez mil quinientos noventa y siete como fundamento de la solicitud.
A partir de la evidencia se puede afirmar que hubo una solicitud formal notarial para añadir un correo electrónico al domicilio social de la sociedad, con los datos y fechas indicadas. No se puede afirmar, con la evidencia disponible, que la modificación haya surtido efectos legales definitivos ni que se hayan cumplido otros trámites posteriores, porque esos hechos no aparecen en el texto suministrado.
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