Protocolización de acta de Asamblea Extraordinaria de PARQUEO AVENIDA CENTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA que modifica cláusulas de la escritura constitutiva
Ante una notaría se protocolizó (es decir, se formalizó por escrito y se incorporó al protocolo notarial) el acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de PARQUEO AVENIDA CENTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA. En esa asamblea se acordó modificar la cláusula de junta directiva y la cláusula seis del acta constitutiva de la sociedad.
La protocolización consta mediante la escritura número “trescientos veinticuatro- uno”, visible al folio “ciento cuarenta y cinco vuelto”, del tomo uno. La escritura fue otorgada a las diez horas del veintitrés de julio del dos mil veintiséis. En el mismo documento se anota además la referencia temporal “Ciudad de Heredia, a las catorce horas del día veintitrés del mes de julio del año dos mil veintiséis”. La notaria que protocolizó el acta es la Licda. Alejandra Vega Ramírez.
Afecta a la persona jurídica PARQUEO AVENIDA CENTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA, identificada en el texto con cédula de persona jurídica “tres- ciento uno- seiscientos ochenta y tres mil cuatrocientos diecisiete”. La modificación fue acordada por la Asamblea General Extraordinaria de socios de esa sociedad y, por tanto, impacta el contenido de su acta constitutiva y las reglas sobre la junta directiva de la empresa según lo aprobado por los socios.
Por lo tanto, no es posible precisar a partir de esta evidencia cuáles son los cambios puntuales aprobados ni qué obligaciones nuevas o distintas nacen de ellos.
La publicación en La Gaceta registra la protocolización notarial del acta —es decir, la formalización y archivo del acuerdo societario en escritura pública— y no, por sí sola en este extracto, el contenido literal de las modificaciones. La fuente oficial donde aparece esta constancia es La Gaceta (Imprenta Nacional).
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.