Publicación de tercera vez: reforma de la cláusula quinta del capital social de ABBA DÍA del Chirripó Sociedad Anónima
La evidencia es una nota publicada en La Gaceta que informa que, mediante acta de Asamblea General de Socios protocolizada en notaría, la sociedad denominada ABBA DÍA del Chirripó Sociedad Anónima acordó reformar la cláusula quinta de sus estatutos para establecer un nuevo monto de capital social y devolver una diferencia al socio Oscar Eduardo García Chaves.
La cláusula quinta ahora dice: “clausula quinta del Capital Social: el capital social de la compañía será de quinientos mil colones exactos, representado por una acción común y nominativa de quinientos mil colones; y la diferencia de catorce millones quinientos mil colones exactos, será devuelta al socio Oscar Eduardo García Chaves.” Estas cifras y la redacción son literales de la evidencia.
El acta ocho de Asamblea General de Socios de la referida sociedad fue protocolizada ante la notaría mediante la escritura número ciento treinta y siete-seis, visible al folio sesenta y cuatro-frente, del tomo seis. El documento contiene la firma o constancia del notario Lic. Alwin Mendoza Oviedo y la referencia registral (IN202601119463). La publicación aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional); la url proporcionada en la evidencia corresponde a la edición del 23/09/2026.
En el cuerpo del acta se indica que la protocolización ocurrió “a las ocho horas del diecisiete de agosto del dos mil veintiséis”. Sin embargo, el cierre del texto señala “San José, dieciséis de agosto del dos mil veintiséis.” La evidencia contiene ambas fechas; el documento no permite saber cuál de las dos es la fecha exacta del acto o de la firma final.
Según el texto publicado, la sociedad tiene ahora un capital social fijado en quinientos mil colones representado por una única acción común y nominativa de quinientos mil colones, y existe una instrucción de devolver la diferencia de catorce millones quinientos mil colones al socio Oscar Eduardo García Chaves. La evidencia registra y hace pública esa decisión acordada en la asamblea y protocolizada en notaría.
El documento publicado contiene la reforma acordada y sus montos, la referencia notarial y la publicación en La Gaceta.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.