Convocatoria a asamblea extraordinaria del Condominio Horizontal Residencial Veredas del Arroyo
Convocatoria a asamblea extraordinaria virtual del Condominio Horizontal Residencial Veredas del Arroyo, convocada conforme al artículo 25 de la Ley Reguladora de Propiedad en Condominio.
Se convoca a todos los propietarios registrales a una asamblea extraordinaria que se realizará de manera virtual por la plataforma Zoom el martes 20 de octubre. La primera convocatoria es a las 18 horas; si en esa hora no hubiera quórum de ley, se realizará una segunda convocatoria a las 19 horas con los condóminos presentes.
Solo pueden participar quienes acrediten la condición de propietario registral. Para hacerlo deben presentar los documentos que la convocatoria exige: si la filial está inscrita a nombre de una persona física, bastará presentar el documento de identidad del propietario; si está a nombre de una persona jurídica, deberá presentarse una personería con vigencia no mayor a un mes desde su emisión, o de quince días si se obtuvo mediante la plataforma digital del Registro Nacional, y que indique la función y potestad de quien representará a la sociedad en la asamblea; si la filial está inscrita a nombre de un fideicomiso, se requiere el poder permanente o específico que acredite la autorización del fideicomitente o del fiduciario para participar en la sesión. Los propietarios que no puedan asistir pueden hacerse representar mediante carta poder debidamente autenticada por notario público o abogado.
Los puntos que se someterán a la asamblea son (según el orden indicado en el aviso): verificación del quórum de ley; elección de presidente y secretario ad hoc para la asamblea; aprobación del orden del día; informe sobre la intervención a las fugas detectadas en la tubería madre del condominio; análisis y aprobación del procedimiento para la utilización del Fondo de Reserva en casos de emergencia; análisis y aprobación de cuota extraordinaria para la reposición de recursos utilizados del Fondo de Reserva; análisis y aprobación de cuota extraordinaria para atender el déficit financiero del condominio; aprobación de la modificación del sistema de medición del servicio de agua, pasando de macro-medidor a medidores individuales; autorización para la constitución de servidumbre a favor del Instituto de Acueductos y Alcantarillados; otorgamiento de poder amplio y suficiente al Administrador para la gestión y formalización de trámites requeridos (este punto, según el aviso, “debe ser votado por el 100% del valor total del condominio”); declaración de acuerdos en firme y cierre de asamblea.
La convocatoria precisa condiciones formales de acreditación de la calidad de propietario y de representación (personería, poderes, carta poder autenticada) con los plazos de vigencia indicados para las personerías. El aviso señala explícitamente que el punto de otorgamiento de poder al Administrador requiere votación por el 100% del valor total del condominio. La asamblea se hará por Zoom; las indicaciones para participar deben solicitarse al correo info@convivecr. com. No se incluye en el aviso información sobre el quórum numérico requerido por la Ley ni sobre cómo se acreditará la participación virtual; la convocatoria se limita a señalar la hora de primera y segunda convocatoria y los documentos que acreditan la condición de propietario o representación.
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