Resolución que inicia un proceso especial de protección y dicta Fase Diagnóstica a favor de un menor
Se notifica a Jorge Manuel Elizondo Hidalgo que, mediante resolución de este despacho de las ocho horas del día diez de agosto del dos mil veintiséis, se inició un proceso especial de protección y se dictó la Fase Diagnóstica a favor de la persona menor de edad identificada como SEO. La resolución le pide que señale un lugar conocido para recibir notificaciones o, en su lugar, un número de facsímil para recibir notificaciones por ese medio. Si no señala ninguno, o si el lugar indicado es inexacto, las notificaciones futuras se consideran firmes veinticuatro horas después de ser dictadas.
Contra esta resolución solo procede el recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución que emitió la resolución. Dicha apelación debe interponerse ante el mismo despacho que firma la notificación, en horas hábiles, de forma verbal o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto. Si el recurso se presenta fuera de ese plazo, se considera inadmisible.
La comunicación también informa que la persona notificada tiene derecho a asesorarse o representarse por un profesional en Derecho y a revisar y estudiar el expediente administrativo correspondiente. Se identifica el expediente con el número OLSR-00471-2023 y la Oficina Local de San Ramón; la Representante Legal mencionada es la Licda. Yenory Rojas Ramírez. La referencia interna de publicación es (IN202601123459).
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