Notificación de resolución dirigida a David Josué Ramírez Solano relativo al expediente OLHT-00079-2026
En el texto oficial aparece una frase truncada: “se resolvió ordenas del mediante la cual se el archivo del proceso administrativo de A.R.M.”. Esa frase está incompleta en la evidencia y, por esa razón, no permite reproducir con exactitud la fórmula legal usada ni afirmar sin reserva la redacción precisa de la decisión. Lo que sí consta en el texto es esa mención parcial que vincula la resolución con el “archivo del proceso administrativo de A.R.M.”; por la propia redacción incompleta, no puede afirmarse con plena seguridad cuál es la estructura completa de la orden ni si existen condiciones adicionales en la parte omitida.
Afecta al señor David Josué Ramírez Solano, destinatario explícito de la notificación. También se identifica el expediente con el número OLHT-00079-2026, que queda disponible en la oficina local de Hatillo.
El interesado tiene derecho a hacerse asesorar y representar por un abogado de su elección. Puede consultar el expediente en días y horas hábiles en la oficina local señalada. Para obtener fotocopias del expediente administrativo, el horario establecido es de 7:30 a 16:00 en días hábiles.
El expediente permanecerá a disposición en la Oficina Local de Hatillo, ubicada en San José, Hatillo centro, Clínica Solón Núñez, 200 norte y 75 oeste.
Contra la resolución procede únicamente un recurso ordinario de apelación. Ese recurso deberá interponerse ante la misma representación legal que emite la notificación dentro de las 48 horas hábiles después de publicada la última edictación (publicación del último edicto). El texto dice expresamente “en contra de dicha resolución procede únicamente recurso ordinario de Apelación, que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de publicado el último edicto.”
La comunicación aparece relacionada con la Oficina Local de Hatillo y menciona al Lic. Luis Fernando Morales Madrigal. El documento está registrado con la referencia interna (IN202601123372) y el expediente OLHT-00079-2026.
El original contiene al menos una frase fragmentada e incompleta (“se resolvió ordenas del mediante la cual se el archivo del proceso administrativo de A.R.M.”). Debido a esa omisión en el texto aportado no es posible copiar o reproducir de forma fiel y completa la decisión literal ni confirmar si la resolución contiene condiciones adicionales, plazos distintos, o excepciones que no estén en la porción íntegra presentada. No se añade ni se asume información que no figure en la evidencia; lo expuesto en esta explicación se ciñe exclusivamente a las frases y datos que aparecen en el documento proporcionado.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.