Protocolización de reforma de cláusulas de SH MANAGEMENT, LIMITADA (domicilio, administración y correo para notificaciones)
La Gaceta publica que, por escritura otorgada y protocolizada el quince de julio del año dos mil veintiséis, a las trece horas con treinta minutos, se protocolizó el Acta de la Asamblea General de Cuotistas de la sociedad llamada SH MANAGEMENT, LIMITADA. En esa acta “se acordó reformar las cláusulas referentes al domicilio social, de la administración y la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales.” El aviso indica que esos cambios se realizan “en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete.”
Afecta a la sociedad identificada como SH MANAGEMENT, LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos ochenta y siete mil doscientos diez. La evidencia registra la decisión de la asamblea de cuotistas de esa sociedad; no enumera nombres de cuotistas ni dice que la reforma afecte a terceros distintos de la propia sociedad.
El aviso comunica que hubo un acuerdo para reformar cláusulas sobre (1) el domicilio social, (2) la administración, y (3) la inclusión de un correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales. El texto oficial publicado no reproduce el nuevo texto de las cláusulas ni describe las modificaciones concretas. Por eso no puede saberse, a partir de este aviso, cuál es el nuevo domicilio, cómo cambia la administración (por ejemplo, quiénes quedan con facultades o qué cargos se modifican) ni cuál es el correo electrónico incorporado. La frase literal del aviso es: “Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con treinta minutos del quince de julio del año dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta Asamblea General de Cuotistas de la sociedad denominada SH MANAGEMENT, LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos ochenta y siete mil doscientos diez, en la cual se acordó reformar las cláusulas referentes al domicilio social, de la administración y la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete.”
El aviso registra la protocolización mediante escritura ante notario el día y hora indicados; esa circunstancia documenta que la decisión fue elevada a instrumento público.
Si necesita conocer el texto exacto de las reformas (nuevo domicilio, redacción de las cláusulas de administración y el correo para notificaciones), esa información no está en este aviso y debe consultarse la escritura protocolizada completa o el registro societario donde se inscribieron las modificaciones. El aviso publicado no permite deducir esos contenidos ni sus efectos legales concretos.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.