Protocolización de reforma de la cláusula SEXTA (representación) de INGENIERIA VIVA LIMITADA
Se registró ante notario el acta de la Asamblea de Socios de INGENIERIA VIVA LIMITADA en la que se acordó reformar la cláusula número SEXTA de la escritura constitutiva, concretamente en lo relativo a la representación de la sociedad. Esa reforma fue protocolizada mediante la escritura identificada como 5-15 que inicia en el folio 4 vuelto.
El acto es un registro formal del acuerdo adoptado por la Asamblea de Socios de esa sociedad.
La evidencia contiene dos indicaciones de fecha y hora que no coinciden entre sí. Cito tal cual los fragmentos presentes: “a las 10 horas 30 del día 13 del mes de agosto del año veintiseis” y también “LIBERIA, a las catorce horas del día cinco del mes de agosto del año dos mil veintiséis.” Con la información disponible no es posible determinar de manera única cuál de esas dos indicaciones es la fecha y hora definitiva del acto; la redacción está en conflicto. Además, la evidencia menciona la localidad LIBERIA junto a una de esas indicaciones.
El acto fue protocolizado por el Notario Público Lic. CARLOS ENRIQUE MORA ALFARO, carne veintiocho mil ochocientos veintitrés. En la evidencia aparece también el código o referencia ( IN202601120498 ).
La publicación proviene de La Gaceta (Imprenta Nacional), según la referencia del documento.
Existe un acuerdo de Asamblea para reformar la cláusula SEXTA relativo a la representación de INGENIERIA VIVA LIMITADA y ese acuerdo fue llevado a escritura pública (5-15) que inicia en folio 4 vuelto y quedó protocolizado por el notario mencionado. La referencia del documento en la publicación es ( IN202601120498 ). No es posible afirmar más sobre el contenido concreto de la reforma ni sobre la fecha y hora exacta del acto más allá de los dos fragmentos conflictivos que cito arriba.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.