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Publicación oficial detectada22 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de inscripción de correo electrónico de la empresa SENDAS SANTA ELENA SA para notificaciones

Ante el notario Carlos Luis Fernández Vasquez se dejó constancia de que la empresa SENDAS SANTA ELENA SA solicitó inscribir un correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales. La solicitud figura mediante escritura número trescientos treinta y ocho del tomo treinta y nueve, otorgada a las once horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil veintiséis. El documento identifica a la empresa con la Cédula Jurídica “tres - ciento uno – setecientos sesenta y un mil cuatrocientos veintinueve”.

El texto dice literalmente: “Se solicita inscribir el correo electrónico sanchezmonterojose@ gmail.com para efectos de notificaciones administrativas y judiciales.” Eso es una petición formal de la sociedad para que ese correo sea registrado como medio para recibir notificaciones. La frase “para efectos de notificaciones administrativas y judiciales” indica el uso que se pretende dar al correo, según lo declarado en la escritura.

En el texto reproducido en la evidencia el correo aparece como “sanchezmonterojose@ gmail.com” (con un espacio después del carácter @). Ese es el dato literal del documento notarial publicado. Debido a ese espacio dentro de la dirección, no puede afirmarse con la evidencia disponible si la dirección electrónica está escrita correctamente, si se trata de un error tipográfico en la transcripción publicada o si la intención era otra dirección sin espacio. La evidencia no permite corregir ni confirmar la forma válida del correo; solo permite citar lo que aparece.

La evidencia solo registra la solicitud de inscripción de la dirección electrónica ante notario y su publicación en La Gaceta. En consecuencia, solo puede afirmarse que la empresa solicitó formalmente la inscripción en la escritura indicada y que esa solicitud fue publicada en la Gaceta. Cualquier efecto posterior dependerá de actos administrativos o judiciales que no están incluidos en esta evidencia.

La fecha de la escritura es 24/07/2026 y la publicación corresponde al ejemplar de La Gaceta del 22/09/2026 según la referencia de la fuente.

Para confirmación formal habría que consultar el registro público correspondiente o la autoridad que administra inscripciones de notificaciones, documentos que no están incluidos en la evidencia aquí citada.

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