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Publicación oficial detectada22 de septiembre de 2026Regulacion

Disolución por acuerdo de socios de la sociedad SAN ANTONIO DE LAS MONTAÑAS DE SANTA CECILIA LIMITADA

El documento registra que la sociedad SAN ANTONIO DE LAS MONTAÑAS DE SANTA CECILIA LIMITADA fue disuelta mediante un acuerdo de sus socios, conforme a lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Entidad afectada: la sociedad mercantil con razón social SAN ANTONIO DE LAS MONTAÑAS DE SANTA CECILIA LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – novecientos treinta y un mil doscientos siete. Documento público: la disolución quedó protocolizada en una escritura pública, identificada como escritura número ciento ochenta y nueve- siete, que es visible en el folio noventa y seis frente del tomo séptimo, de una notaría pública. Fechas y hora: el texto contiene dos referencias temporales que no coinciden y por tanto generan ambigüedad. Una parte indica que la protocolización se hizo “a las ocho horas del día quince del mes de mayo del año veintiséis”. Otra parte del mismo párrafo dice “Santa Ana, a las nueve horas del veinte de abril de dos mil veintiséis.” Debido a esa contradicción en las fechas, no es posible concluir a partir de este documento cuál fue la fecha exacta en que se protocolizó la escritura ni cuál es la fecha final de la constancia; el texto tal como se publicó presenta ambas fórmulas. Notaria y registro: la notaria que firma o registra la constancia es la Licda. Evelyn Daniela Madrigal Rodríguez, Notaria Pública. Alcance y límites de la información: el texto comunica la decisión de disolver la sociedad por acuerdo de socios según el artículo legal citado, y registra la protocolización en notaría con los datos de la escritura y el folio. Si se requieren esos datos, habría que consultar la escritura completa o el asiento notarial correspondiente, ya que este extracto no los contiene.

La GacetaRegulacion
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