Protocolización del acta que acuerda disolución y liquidación de MYRMINKIA LIMITADA
en el mismo acta los socios "se prescinde de nombramiento de liquidador", es decir, constó la decisión de no designar a una persona como liquidador. Además, para efectos frente a terceros los socios "acuerdan publicar el edicto de ley"; el edicto se publicó según la evidencia una vez ("1 vez").
el acto está fechado en "Escazú, 21 de agosto del 2026". La protocolización fue realizada por la notaria que firma en el documento: "Yesenia Arce Gómez, Notario Público." La protocolización está identificada como escritura pública número 147-38.
la información proviene de La Gaceta (Imprenta Nacional).
el acta formaliza que la sociedad quedó acordada en disolución y liquidación y que los socios decidieron no nombrar liquidador. Para terceros, los socios acordaron la publicación del edicto legal, y la evidencia muestra que ese edicto se publicó una vez.
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