Presentación de solicitud para incorporar un correo electrónico al domicilio social de SBR DOS DOS, S.R.L.
Se publicó en La Gaceta un aviso que registra la presentación de una solicitud, no una resolución. El aviso indica que el representante de la sociedad SBR DOS DOS, S.R.L. presentó una solicitud para “incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad”. Esta publicación da cuenta únicamente de la presentación del trámite ante una autoridad, según consta en el documento, y no decide si la solicitud fue aceptada o rechazada.
La presentación se hizo “Mediante número 13-4, visible al folio 12 frente del tomo 4 del Notario Esteban González Roesch” y se registró a las 15:23 del 20 de agosto del 2026. La publicación incluye la frase “Ciudad de San José, a las 15:23 del 20 de agosto del 2026”, el nombre Lic. Gloriana Carazo González y el identificador ( IN202601120184 ). El aviso fue publicado en La Gaceta; la evidencia original proviene del documento subido por la Imprenta Nacional.
Por tanto, del aviso no puede inferirse si la incorporación del correo electrónico fue aprobada, ni cuándo ni con qué efectos oficiales ocurriría.
Lo que no se puede saber a partir de este aviso es el resultado del trámite, el contenido exacto del correo electrónico propuesto, ni si se requieren publicaciones o actuaciones adicionales.
El texto dice explícitamente “para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad” y que la presentación se hizo “conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.” Esa frase no permite concluir más allá de la presentación; no convierte la solicitud en una autorización. Donde el aviso está incompleto —por ejemplo, al no señalar el correo propuesto o el resultado— la información pública registrada es limitada y debe interpretarse con prudencia.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.