Protocolización del Acta No. 4 que modifica la cláusula del capital social de la sociedad 3-102-950038 (publicado en La Gaceta)
En esa acta se acuerda la modificación de la cláusula referente al capital social de la Compañía. Esto aparece registrado por escritura número XXX del tomo X del protocolo del Notario Público Javier Escalante Madrigal, otorgada ante los Notarios Públicos Javier Escalante Madrigal y Ana Jimena Campos Bulgarelli, actuando en conotariado en el protocolo del primero, a las 13 horas del 21 de agosto de dos mil veintiséis. La constancia en La Gaceta está fechada en San José, 24 de agosto del año 2026, firmada por la Licda. Ana Jimena Campos Bulgarelli, Notaria Pública, y publicada en La Gaceta con la referencia IN202601120146.
El aviso documenta que la propia sociedad identificada en el texto adoptó y protocolizó una decisión interna sobre su cláusula de capital social. Por tanto, no es posible, con la sola evidencia, afirmar detalles sobre el alcance práctico de la modificación ni sobre efectos jurídicos concretos para terceros o para los cuotistas.
El acto fue otorgado el 21 de agosto de 2026 a las 13 horas ante los notarios indicados y se protocoliza por escritura señalada en el protocolo del Notario Público Javier Escalante Madrigal. La publicación en La Gaceta se fecha en San José el 24 de agosto del año 2026 y aparece con la referencia IN202601120146.
La publicación sirve como constancia de la protocolización del Acta No. 4 que modifica la cláusula del capital social, pero la evidencia no permite conocer: 1) la redacción nueva o exacta de la cláusula modificada; 2) el monto o la naturaleza del cambio (si es aumento, reducción, división de cuotas, etc.); 3) la fecha en que la modificación entra en vigor; 4) si se cumplió o se requiere algún trámite adicional ante el Registro Nacional u otra autoridad para producir efectos frente a terceros; ni 5) si hubo variaciones en la titularidad o porcentajes de cuotistas. Donde faltan esos datos, la explicación se mantiene prudente y no infiere efectos legales ni económicos que no estén expresamente documentados en la evidencia.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.