Disolución de la sociedad NIXIA MDM INVEST LIMITADA (acta protocolizada en escritura pública)
La escritura pública es la número ciento cuarenta y tres y fue otorgada ante el notario Gabriel Clare Facio. En el texto figura que, “de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos uno, inciso d) del C. de Comercio”, los cuotistas acuerdan disolver la compañía “a partir del día de hoy”. El documento indica que la protocolización se hizo a las diez horas del catorce de julio del dos mil veintiséis y la nota finaliza con la fecha San José, quince de julio de dos mil veintiséis firmada por el notario Gabriel Clare Facio.
El efecto material comunicado por la escritura es la decisión de disolver la sociedad. La expresión “a partir del día de hoy” aparece en el texto original tal cual; dado que la protocolización consta a las 10:00 del 14 de julio de 2026 y el documento también lleva la fecha San José, quince de julio de dos mil veintiséis, no es posible determinar con certeza, solo a partir de este fragmento, si “hoy” se refiere al 14 de julio de 2026 o al 15 de julio de 2026.
la decisión afecta a la sociedad NIXIA MDM INVEST LIMITADA y a sus cuotistas, que fueron quienes tomaron el acuerdo que se protocolizó.
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