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Publicación oficial detectada22 de septiembre de 2026Regulacion

Disolución y liquidación de TRES-CIENTO DOS-SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUARENTA Y SIETE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Se comunica que la sociedad TRES-CIENTO DOS-SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUARENTA Y SIETE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos- setecientos setenta y tres mil cuarenta y siete, acordó disolverse y liquidarse. Ese acuerdo quedó registrado en un Acta de Asamblea General Extraordinaria de Cuotistas y fue protocolizado por escritura número ciento treinta y dos.

La escritura número ciento treinta y dos fue otorgada ante notario a las diecisiete horas del diecisiete de agosto del dos mil veintiséis. La protocolización aparece fechada en San José, veinte de agosto del dos mil veintiséis, y el notario que firma la constancia es el Lic. Roberto José Esquivel Cerdas. El acuerdo se consignó con base en la circular registral número DPJ - cero cero uno-dos mil veinticinco, que el documento identifica como antecedente.

El texto presentado no informa otros detalles sobre la disolución y liquidación. En particular, la evidencia no dice quiénes quedan designados como liquidadores, cómo se hará la liquidación de bienes y pasivos, cuál es la fecha de efecto legal de la disolución más allá del acta ni si existen condiciones o plazos adicionales para la liquidación. Esos puntos no pueden concluirse a partir del contenido mostrado y, por lo tanto, permanecen sin precisar en esta evidencia.

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