Corporación Davivienda (Costa Rica) S.A.: reforma de la cláusula del domicilio social y establecimiento de un correo electrónico
Se informa que en una Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CORPORACIÓN DAVIVIENDA (COSTA RICA) S.A. se acordó reformar la cláusula segunda de sus estatutos, denominada DEL DOMICILIO SOCIAL, y se estableció el correo electrónico CostaRica_Correspondencia@ davivienda.cr.
El acuerdo quedó protocolizado mediante escritura pública número ciento ochenta del protocolo del notario ARNOLDO JOSE PARINI GUEVARA, en conotariado con el notario Arturo Barzuna Lacayo. El asiento notarial está fechado en San José, dieciséis de julio de dos mil veintiséis. Esta información se publicó una vez en La Gaceta (Imprenta Nacional); la URL oficial del aviso figura en la evidencia.
La decisión se vincula directamente a la sociedad CORPORACIÓN DAVIVIENDA (COSTA RICA) S.A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y cuatro mil setecientos treinta.
El aviso consigna que se acordó reformar la cláusula segunda (DEL DOMICILIO SOCIAL) y que "se establece el correo electrónico: CostaRica_Correspondencia@ davivienda.cr". La evidencia no reproduce la nueva redacción literal de la cláusula reformada, por lo que no puede saberse, a partir de este aviso, cuál es exactamente el texto modificado del domicilio social ni qué alcance legal o práctico tiene esa reforma.
El aviso fue publicado una vez en La Gaceta. El correo electrónico aparece en la evidencia con la notación exactamente como: CostaRica_Correspondencia@ davivienda.cr. No se debe presumir, sin otra documentación, que el aviso contiene el texto completo del acuerdo ni que la indicación del correo equivale a un registro formal con efectos específicos; la evidencia simplemente consigna que "se establece" ese correo.
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