Solicitud de incorporación de correo electrónico al asiento registral de SERVICIOS AGROPIÑA QUESADA S. R. L.
Ante una notaría se presentó, mediante la escritura número cien, una solicitud para incorporar un correo electrónico al asiento registral de la sociedad SERVICIOS AGROPIÑA QUESADA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres-ciento dos- ochocientos cincuenta y cuatro mil noventa y tres.
La solicitud consta en una escritura otorgada a las quince horas cuarenta minutos del dos de julio del dos mil veintiséis, ante la notaría cuya acta se identifica en la evidencia. La certificación o nota manuscrita que acompaña el aviso está fechada en Ciudad de Pital, San Carlos, a las doce horas quince minutos del día catorce de julio del año dos mil veintiséis, y aparece firmada por Lic. Yesenia Quesada Rojas, Notario Público.
El documento indica que la incorporación del correo electrónico se solicita “a fin de cumplir con lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete”. La evidencia no explica el contenido de esa ley ni detalla en qué forma la incorporación satisface sus requisitos.
La evidencia registrada en La Gaceta (Imprenta Nacional) documenta la presentación notarial de la solicitud y sus fechas y firmas.
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