Notificación de inicio y ampliación de medida cautelar de cuido provisional a favor de menor (Exp. OLPZ-00224-2013)
La primera resolución, de las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día seis de julio del año dos mil veintiséis, da inicio al proceso especial de protección y establece una medida cautelar de cuido provisional. La segunda resolución, de las quince horas con treinta minutos del día cinco de agosto del año dos mil veintiséis, mantiene y amplía esa medida de cuido provisional a favor del mismo menor.
Se le concede audiencia por cinco días hábiles para que presente los alegatos que considere de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias. Se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y por técnicos de su elección. El expediente administrativo permanecerá a su disposición en la Oficina Local de Pérez Zeledón para consulta y fotocopiado en días y horas hábiles. La dirección indicada en la notificación es: Pérez Zeledón, 400 metros oeste del Banco que está frente al Parque de San Isidro.
Se instruye a las partes a señalar un lugar conocido y un número de facsímil para recibir notificaciones. El texto advierte que “de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales.” Esta frase es literal de la evidencia y describe la consecuencia prevista por la resolución en esos casos.
Contra la resolución notificada procede el recurso de apelación. El recurso deberá interponerse ante la misma oficina, de forma verbal o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. La Presidencia Ejecutiva de la entidad será la encargada de resolver dicho recurso; su despacho se ubica en San José, Barrio Luján, y atiende en horas hábiles de las siete horas y treinta minutos hasta las dieciséis horas. Al interponer la apelación, las partes pueden ofrecer las pruebas que consideren pertinentes. La resolución indica que el recurso será inadmisible si se presenta fuera del plazo de cuarenta y ocho horas y que “La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido.”
La fuente oficial de esta información es la resolución publicada en La Gaceta, asociada al expediente OLPZ-00224-2013, emitida por la Oficina Local de Pérez Zeledón y firmada por la Licda. María Araya Chavarría, Representante Legal (referencia IN202601123381).
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.