Acuerdo SUGEF 6-05: procedimiento para solicitar acogerse a la distribución de utilidades por venta de bienes adjudicados
Documento incompleto publicado en La Gaceta que menciona requisitos y plazos para que las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) se acojan a ciertas disposiciones del Acuerdo SUGEF 6-05, titulado Reglamento sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados. El texto disponible es fragmentario; por eso hay información que no está completa en la evidencia y no puede afirmarse con seguridad.
las entidades acreedoras supervisadas por SUGEF que quieran acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4° del Acuerdo SUGEF 6-05 deben presentar una solicitud formal. Esa solicitud debe ser tramitada por los Representantes Legales de las entidades y dirigida a la Dirección General de Infraestructura y Proveeduría Institucional — Compras del Banco Nacional de Costa Rica. El plazo para presentar esa solicitud es “no mayor a 10 días hábiles”.
la solicitud debe ser formal y presentada por el Representante Legal de la entidad supervisada; la dependencia receptora es la Dirección General de Infraestructura y Proveeduría Institucional — Compras del Banco Nacional de Costa Rica. Se señalan teléfonos de contacto: 2277-6945 y 2277-7910. Se menciona la Sucursal Heredia 004, la Jefatura (Vanessa Salas) y a la Licda. Rebeca Chaves como Supervisora de Contrataciones.
Por lo tanto, no es posible confirmar a partir de esta evidencia qué efectos concretos implican acogerse a esos incisos, ni qué documentación exacta debe acompañar la solicitud, ni si existen requisitos adicionales, criterios de admisibilidad o plazos distintos según el caso.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.