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Publicación oficial detectada22 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de inscripción como Marca de Servicios N.º 2026-0010435

Se publica la solicitud N° 2026-0010435 para inscribir una Marca de Servicios. La solicitud fue presentada el 21 de agosto de 2026 y en el texto figura la fecha 2 de septiembre de 2026. Fuente oficial: La Gaceta (Imprenta Nacional), edicto referenciado IN202601124445.

Se pide la inscripción como Marca de Servicios en la clase internacional 36. La solicitud describe, para la clase 36, “Los servicios relacionados con los negocios financieros o monetarios, a saber: los servicios de corredores de valores y bienes; y los servicios de administradores de inmuebles, es decir, los servicios de alquiler, de valoración de bienes inmuebles o de financiación.” Esa es la descripción que la solicitud pretende proteger tal como aparece en el edicto.

El edicto incluye la mención “Reservas: Azul, blanco y rojo.” También indica que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” El edicto reproduce además el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.” El edicto reproduce esas normas pero no contiene una decisión del Registro aplicando o resolviendo cómo proceden en este caso concreto.

El edicto cita: “Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” Es decir, desde la primera publicación en La Gaceta, terceros tienen un plazo de dos meses para presentar ante el Registro las acciones o defensas que correspondan. La publicación también señala que, a efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.

La solicitud abarca únicamente lo expresado en la clase 36 y en la descripción textual de servicios que figura en el edicto. El edicto establece que el signo se protegerá “tal y como aparece en la solicitud” y menciona la reserva de colores indicados; el texto del edicto no interpreta ni decide más allá de reproducir esas indicaciones legales y la reserva de colores. El edicto no contiene una resolución final de inscripción ni explica procedimientos detallados para la oposición; remite a las normas citadas y al Registro para trámites posteriores.

Personas o empresas que consideren que la solicitud afecta sus derechos tienen el plazo de dos meses desde la primera publicación para presentar ante el Registro las oposiciones o defensas que correspondan. El edicto no describe en este texto el procedimiento ni los efectos concretos de esas oposiciones, por lo que quien necesite más detalle debe consultar las normas citadas o al propio Registro.

Número de solicitud 2026-0010435; solicitante y representación como se indica; presentación 21 de agosto de 2026; fecha que figura en el documento 2 de septiembre de 2026; referencia de publicación IN202601124445. Texto reproducido proveniente de La Gaceta (Imprenta Nacional).

La GacetaRegulacion
Respaldo oficial

Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.

Fuente oficial