Cancelación de los mojones 8, 9, 10, 11 y 12 que delimitaban un sector de manglar en Playa Junquillal
El Instituto Geográfico Nacional (IGN) comunica la eliminación de los mojones numerados 8, 9, 10, 11 y 12 que figuraban como parte de la demarcación de un sector de manglar en Playa Junquillal, distrito 03º Veintisiete de Abril, cantón 03º Santa Cruz, provincia 05º Guanacaste. La comunicación indica que esta cancelación aplica a los mojones publicados previamente en el Aviso N°20-2025, página 59 del Diario Oficial La Gaceta N°172 del 16 de setiembre de 2025.
Afecta la demarcación pública del sector de manglar en Playa Junquillal, en particular los mojones 8 al 12 que habían sido publicados como parte de esa delimitación. La decisión se fundamenta en un informe del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), que señaló (oficio SINAC-ACT-DR-T-1527-2025, 15 de octubre de 2025) que los puntos PC06, PC07, PC08, PC09 y PC10 —correspondientes a los mojones 8 al 12— no forman parte del límite real del ecosistema de manglar, sino que corresponden a áreas de bosque fuera del límite del manglar oficialmente reconocido. También se mencionan informes y levantamientos previos remitidos por la Municipalidad de Santa Cruz y la contratación de la empresa Stereocarto Centroamérica S.A. en la licitación 2022LA-000021-0021000001 como parte del proceso técnico administrativo que dio lugar a la demarcación inicial.
El aviso indica explícitamente que quedan «eliminados» los mojones 8 al 12 publicados en el Aviso N°20-2025. Al mismo tiempo, precisa que los demás sectores de Playa Junquillal que sí cuentan con delimitación de la zona pública de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) mediante colocación de mojones y su respectiva publicación en La Gaceta mantienen su condición oficial. Es decir, la cancelación alcanza solamente a los mojones 8, 9, 10, 11 y 12 mencionados; no modifica otras demarcaciones publicadas y vigentes en la misma localidad.
La resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. El aviso está fechado como dado en Curridabat, San José, 09 de setiembre de 2026, y señala que la publicación cumple la función de comunicar el acto administrativo conforme a las normas citadas (artículos 140 y 240 de la Ley N°6227 y artículo 63 del Decreto Ejecutivo N°7841-P, entre otras). El documento fue publicado en La Gaceta; el aviso oficial aparece en la referencia de la Imprenta Nacional incluida en la evidencia.
El texto cita normas y procedimientos técnicos que regulan la delimitación de la ZMT y la georreferenciación (varios decretos ejecutivos y la Directriz DIG-01-2025), además de la competencia del IGN para publicar demarcaciones en el Diario Oficial. También refiere la participación técnica del Área de Conservación Tempisque del SINAC, de la Municipalidad de Santa Cruz y de la empresa contratada por la licitación señalada. El aviso se apoya en el informe SINAC que concluye que los puntos vinculados a los mojones 8-12 no corresponden al manglar delimitado.
El aviso explica la cancelación y cita los oficios e informes que la motivan, pero no reproduce en el texto aquí incluido los mapas, coordenadas ni el detalle técnico (por ejemplo, los archivos de la Geodatabase Digital Georreferenciada o los puntos PC06–PC10).
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.