Reforma de la cláusula de domicilio del pacto constitutivo de LEO ALIMENTOS LA CARPINTERA S.A.: inclusión de cuenta de correo electrónico
Por escritura número ciento cincuenta y tres, otorgada el siete de julio de dos mil veintiséis a las veinte horas cincuenta minutos, la sociedad LEO ALIMENTOS LA CARPINTERA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno- cuatrocientos once mil quinientos ochenta y dos, incorporó una cuenta de correo electrónico mediante una reforma a la cláusula del domicilio de su pacto constitutivo. El acto se hizo “en cumplimiento de lo establecido en la ley número diez mil quinientos noventa y siete”.
La reforma consta en la escritura pública indicada, otorgada ante la notaría del Lic. Emanuel Javier Murillo Salas en Cartago, con la referencia de la publicación en La Gaceta (aviso), cuya versión electrónica fue registrada para publicación en la Imprenta Nacional. En la evidencia entregada aparece la referencia del documento publicado y el código (IN202601119719). La publicación indica “1 vez”.
Afecta a la propia sociedad LEO ALIMENTOS LA CARPINTERA SOCIEDAD ANÓNIMA, porque modifica la cláusula del domicilio de su pacto constitutivo. El cambio concreto que declara la publicación es la inclusión de una cuenta de correo electrónico en esa cláusula del domicilio. La evidencia no muestra cuál es la dirección de correo electrónico incluida; solo señala que se incorporó una cuenta de correo electrónico.
El documento especifica la escritura número ciento cincuenta y tres y la fecha y hora de su otorgamiento (siete de julio de dos mil veintiséis, veinte horas cincuenta minutos). Indica que la reforma se realiza “en cumplimiento de lo establecido en la ley número diez mil quinientos noventa y siete”, pero la evidencia no explica el contenido de esa ley ni detalla efectos legales adicionales derivados de su cumplimiento. La publicación aparece como aviso en La Gaceta con enlace y código referencial; no señala otras condiciones, plazos o efectos adicionales en la copia presentada.
No se muestra la redacción exacta de la cláusula modificada ni la cuenta de correo electrónico incorporada.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.