Protocolización de acta de Asamblea que acuerda la disolución de VIDA VISIONS LIMITADA
El aviso indica que, mediante la escritura número 155 del tomo 21 del protocolo del notario suscrito, se protocolizó el acta en la que “se acordó la disolución de la sociedad en cumplimiento a lo establecido en el Código de Comercio.” El registro está fechado en San José, 10 de julio del 2026, y firmado por el Notario Público Lic. Gonzalo José Rojas Benavides. El aviso aparece una vez y se identifica con el código (IN202601119707). La fuente oficial donde se publicó es La Gaceta (Imprenta Nacional), con la URL de documento indicada en la evidencia.
constata que existe un acta de Asamblea de Cuotistas que acuerda la disolución de VIDA VISIONS LIMITADA y que ese acuerdo fue protocolizado en la escritura número 155, tomo 21, por el notario mencionado.
El propio texto afirma que la disolución se acordó “en cumplimiento a lo establecido en el Código de Comercio”, pero no especifica artículos, medidas posteriores ni el estado efectivo de la sociedad después de ese acuerdo.
Si alguna de esas informaciones es necesaria, no se puede inferir a partir de este aviso; la evidencia aquí citada solo acredita la existencia del acta protocolizada y su contenido esencial: el acuerdo de disolución.
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