Solicitud notarial para prescindir del vocal tres de HACIENDA LA MARAVILLA SOCIEDAD ANÓNIMA
El documento es un aviso notarial que registra la presentación de una solicitud por parte del representante legal de HACIENDA LA MARAVILLA SOCIEDAD ANÓNIMA para “prescindir de los servicios del vocal tres”. La comunicación fue inscrita mediante escritura número treinta y ocho, visible al folio veintinueve frente del tomo dieciocho.
La presentación ante la notaría se hizo en la Ciudad de San José. El registro indica dos horas: a las quince horas del quince de julio del año dos mil veintiséis se escribió la referencia al tomo y folio, y a las quince horas y veintitrés minutos del día quince del mes de julio del año dos mil veintiséis se consignó la presentación de la solicitud. La notaria que firmó el asiento es la Licda. María Jesús Tamayo Vargas, Notario Público.
La persona que elevó la solicitud actuó como representante legal de HACIENDA LA MARAVILLA SOCIEDAD ANÓNIMA. En el documento se da la cédula jurídica de la sociedad como: tres-ciento uno-doscientos veintiún mil ochenta y tres.
El acta notarial registra la existencia de la solicitud para “prescindir de los servicios del vocal tres”, es decir, que la sociedad solicitó separarse o dejar de contar con esa persona en el cargo identificado como “vocal tres”.
La frase clave consignada es “para prescindir de los servicios del vocal tres”. Esa expresión describe la intención de la sociedad pero, por sí sola, no permite concluir si la remoción ya se efectuó, si requiere aprobación de terceros, ni cuáles serán los efectos jurídicos.
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