Protocolización de reforma a la cláusula de administración y representación de la sociedad Carvajal Araya y Castillo Sociedad ye Responsabilidad Limitada
La Gaceta publica que, por escritura otorgada ante una notaría, se protocolizó un acta de Asamblea de Reunión de Cuotistas de la sociedad llamada “Carvajal Araya y Castillo Sociedad ye Responsabilidad Limitada”, cédula jurídica número tres-ciento dos-cincuenta mil ciento ochenta y ocho. La protocolización ocurrió “a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del diez de julio del año dos mil veintiséis”. El acta registró que se reformó la cláusula del Pacto Constitutivo relativa a la administración y representación de la sociedad. La certificación notarial fue otorgada por Lilliana Fernández Urpi, Notaria Pública. La publicación oficial en La Gaceta aparece con la referencia IN202601119691.
la cláusula que regula la administración y representación de la sociedad fue modificada mediante acta de la asamblea de cuotistas y esa acta fue incorporada en una escritura protocolizada. La evidencia proviene de La Gaceta (Imprenta Nacional) y la referencia incluida en la publicación es IN202601119691.
la única condición documentada es que la reforma fue protocolizada por escritura notarial en la fecha y hora indicadas. Por la forma registrada (acta protocolizada ante notaría) se entiende que la modificación fue acordada en una asamblea de cuotistas, pero la publicación no permite afirmar ni cuándo exactamente la nueva cláusula produce efectos frente a terceros ni si existen limitaciones específicas a las nuevas facultades de administración o representación.
la decisión afecta a la sociedad identificada como Carvajal Araya y Castillo Sociedad ye Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cincuenta mil ciento ochenta y ocho, a sus cuotistas y, potencialmente, a terceros que interactúen con la sociedad cuando la administración o la representación dependan de la cláusula reformada.
consulte la escritura notarial que protocoliza el acta o el registro mercantil donde se inscriba la modificación para obtener el texto exacto de la cláusula, la identificación de las personas con facultades y la fecha de eficacia frente a terceros.
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