Protocolización del acta de Asamblea que reforma la representación, el número de miembros de la Junta Directiva y regula la transmisión de acciones de LA ROSITA & CERO CUATRO SESENTA Y OCHO S. A.
Ante una notaría, mediante la escritura número ciento treinta (visible en el folio ochenta y siete frente del tomo cuatro), se protocolizó el acta número cuatro de la Asamblea General de Socios de LA ROSITA & CERO CUATRO SESENTA Y OCHO S. A., cédula jurídica: tres – ciento uno – seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos noventa y seis.
(1) reformar la cláusula del pacto constitutivo que regula la representación de la sociedad; (2) reformar la cláusula que establece la cantidad de miembros de la Junta Directiva; y (3) incluir una nueva cláusula que regule y limite la libre transmisión y endoso de las acciones a sus socios. El documento consignado fue protocolizado el once de agosto del año dos mil veintiséis. La escritura señala dos referencias horarias: a las dieciséis horas con treinta minutos para la protocolización en el folio referido, y en San José a las quince horas y cincuenta y ocho minutos del mismo día. El acta fue protocolizada por el Notario Público Lic. Braulio Alvarado Salazar. La referencia registral citada en la publicación es IN202601119632.
Lo que consta en el documento es la decisión de la Asamblea de Socios de realizar esas reformas y la protocolización notarial del acta. Por lo tanto, no es posible, con la información disponible, detallar las nuevas reglas, montos, porcentajes, plazos, procedimientos o condiciones que esas cláusulas pueden establecer.
Si una persona necesita conocer el contenido preciso de las reformas (por ejemplo, para saber cuántos miembros integrarán la Junta Directiva o qué restricciones específicas existen sobre la transmisión de acciones), la evidencia presentada no es suficiente y será necesario consultar el texto completo del acta protocolizada o la escritura número ciento treinta en la Notaría o la publicación original en La Gaceta.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.