Solicitud registrada para incorporar un correo electrónico al domicilio social de la sociedad LV ATHENS (CARRILLO) LIMITADA
Se registró ante una notaría una solicitud para añadir un correo electrónico al domicilio social de la sociedad LV ATHENS (CARRILLO) LIMITADA. La presentación consta en la escritura número ciento setenta y tres, visible al folio ciento cuarenta y dos frente, del tomo diez, y esa escritura se levantó a las diez horas del dos de julio del dos mil veintiséis. Quien presentó la solicitud fue el Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad, identificado en el documento como LV ATHENS (CARRILLO) LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos- quinientos cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta. El trámite se hizo “conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete”, según consta en la escritura.
Puerto Carrillo de Hojancha, Guanacaste, dieciséis de julio del año dos mil veintiséis. El acta fue autorizada por el Notario Público Lic. Edgar Manrique Salazar Sánchez. En la publicación aparece además el código o número de expediente entre paréntesis: ( IN202601119551 ).
El texto dice expresamente que “se presentó solicitud” y que fue “para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete”, por lo que, según la evidencia disponible, lo que está documentado es la petición formal y su asiento notarial, no el resultado del trámite ni su entrada en vigencia.
Si una persona o entidad necesita saber si la incorporación del correo fue finalmente registrada en registros públicos, autorizada por algún organismo o surtió efectos legales, esa información no aparece en el texto suministrado; la evidencia no permite concluir si hubo inscripción posterior ni qué correo fue incorporado.
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