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Publicación oficial detectada21 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud ante notaría para incorporar un correo electrónico al domicilio social de Albencia de Cariari Sociedad Anónima

Se registra la presentación, ante notaría, de una solicitud para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad Albencia de Cariari Sociedad Anónima. La evidencia documenta que la solicitud fue presentada «mediante escritura número 70, visible al folio 59 vuelto del tomo 6». La presentación ante notario ocurrió a las 08 horas con 00 minutos, del 20 de agosto del 2026. El asiento notarial está fechado en la Ciudad de Santa Ana a las 09 horas con 00 minutos, del 24 de agosto del 2026, y consta la firma del Lic. Sixto Rodríguez Gómez, Notario Público. El texto menciona que la incorporación del correo se pide "conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete". Fuente: La Gaceta (texto reproducido de la publicación oficial disponible en la Imprenta Nacional).

El registro afecta a la sociedad Albencia de Cariari Sociedad Anónima y deja constancia de que su representante legal presentó una solicitud notarial para añadir un correo electrónico al domicilio social. En otras palabras, el documento reproduce la presentación de la solicitud, no una decisión administrativa o registral posterior.

La nota indica que la solicitud se hizo «conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete», pero la evidencia no explica qué exige esa ley, ni los requisitos, plazos o efectos concretos de la incorporación de un correo electrónico al domicilio social. La evidencia incluye datos precisos para localizar la escritura: escritura número 70, folio 59 vuelto del tomo 6; y fechas y horas exactas: 08 horas con 00 minutos, del 20 de agosto del 2026 (presentación) y 09 horas con 00 minutos, del 24 de agosto del 2026 (asiento notarial en Santa Ana). Esos datos permiten buscar la escritura completa en la notaría o en los archivos públicos si se desea verificar el contenido completo y el estado del trámite.

El texto reproducido es escueto y no muestra la parte decisoria que apruebe o rechace la solicitud, ni un comprobante de inscripción en registros mercantiles u otros.

Con los datos provistos (escritura número 70; folio 59 vuelto; tomo 6; fechas y notario), una persona interesada puede consultar la escritura completa en la notaría donde se autorizó o en el registro público correspondiente para verificar el contenido exacto, el correo solicitado y el estado final del trámite. La evidencia proviene de La Gaceta, publicación oficial (Imprenta Nacional), según la referencia incluida en el documento reproducido.

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