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Publicación oficial detectada21 de septiembre de 2026Regulacion

Acta que acuerda la disolución de Distribuidora Segura Cantillano Sociedad Anónima

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día trece de julio del dos mil veintiséis, se protocoliza acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad denominada Distribuidora Segura Cantillano Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – uno cero uno – tres siete cero ocho uno cuatro, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad y se solicita al Registro de Personas Jurídicas que se prescinda del nombramiento de liquidador y se tenga a la sociedad como liquidada por no tener activos, ni pasivos y encontrarse satisfechos los intereses del Fisco. Esta información se publica en La Gaceta según la evidencia provista (comprobante IN202601119386).

También afecta a la tramitación que corresponda ante el Registro de Personas Jurídicas, en la medida en que la asamblea solicita una actuación de ese registro. La evidencia no muestra la actuación ni la decisión del Registro de Personas Jurídicas; solo registra la solicitud hecha por la asamblea.

El acta señala que la solicitud al Registro de Personas Jurídicas busca que se "prescinda del nombramiento de liquidador y se tenga a la sociedad como liquidada por no tener activos, ni pasivos y encontrarse satisfechos los intereses del Fisco." Esa frase es parte del texto oficial y describe la petición concreta de los socios. Porque la evidencia registra una petición, no un acto del Registro, no puede concluirse a partir de esta publicación que el Registro haya aceptado o rechazado dicha petición.

El documento indica que la protocolización ocurrió en Heredia, a las quince horas y cincuenta minutos del trece del mes de julio del año dos mil veintiséis. El instrumento lo certifica la Notaria Pública María Angélica Salazar Elizondo. El comprobante de publicación en La Gaceta que acompaña la evidencia aparece con la referencia ( IN202601119386 ).

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