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Publicación oficial detectada21 de septiembre de 2026Regulacion

Registro público del correo electrónico de la sociedad CB TREINTA Y DOS CR LIMITADA (escritura pública 5/6/2026, 12:45)

El texto indica que esto se hizo “en cumplimiento con la Ley 10597.”

La escritura fue autorizada por el notario Hernán Cordero Baltodano.

El contenido disponible en la evidencia consiste en una breve mención que contiene la fecha y hora de la escritura, el nombre completo de la sociedad, su número de cédula jurídica, el correo electrónico declarado, la referencia a la Ley 10597 y el nombre del notario. Por tanto, a partir únicamente de la evidencia presentada se puede afirmar con seguridad que la sociedad registró públicamente ese correo y que la escritura fue autorizada por el notario indicado; no se puede afirmar, con la sola evidencia aquí citada, qué otros efectos jurídicos, administrativos o prácticos pudiera tener la escritura o cómo se aplica la Ley 10597 en este caso más allá de la mención que figura en el aviso.

La evidencia muestra la fecha y hora concretas de la escritura (5 de junio del 2026, 12:45) y la identificación de la sociedad y del notario. No se indican en la evidencia plazos, vigencias distintas ni condiciones adicionales que modifiquen el registro del correo. Si existen obligaciones de actualización, plazos legales o efectos derivados de la ley citada, esa información no aparece en el texto proporcionado y por ello no puede afirmarse aquí.

Esta nota sirve como constancia pública, en La Gaceta, de que la empresa declaró el correo corporate@corderoabogados.com en la escritura pública referida.

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