Solicitud notarial para incorporar un correo electrónico en la ficha registral de la sociedad Tres- Ciento Dos- Ochocientos Mil Ochocientos Veintinueve Sociedad De Responsabilidad Limitada
En el texto oficial esa acción se presenta como una petición formal dirigida al Registro; no hay en el aviso una resolución del Registro ni una confirmación de que la incorporación ya se haya efectuado.
La notaria declara que actúa porque fue “debidamente autorizada” por la gerente dos, a quien describe como titular de “facultades de apoderada generalísima sin límite de suma”. Esa frase es la razón que la notaria expone para realizar la gestión ante el Registro.
El aviso está fechado en San José, catorce de julio del dos mil veintiséis. Firma la Licda. En la publicación aparecen también el identificador (IN202601119140) y la indicación “1 vez.”
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