Acta de Asamblea de cuotistas de ISLAS PERDIDAS, LIMITADA: cambio en la administración y designación de dirección electrónica para notificaciones
El documento registra que, mediante una escritura otorgada el día siete de julio de dos mil veintiséis a las nueve horas con treinta minutos, se protocolizó el acta de una Asamblea de Cuotistas de la sociedad ISLAS PERDIDAS, LIMITADA. En esa asamblea se acordó reformar la cláusula del contrato social que se refiere a la administración de la sociedad y también se acordó designar una dirección electrónica oficial para recibir notificaciones administrativas y judiciales. El acta se protocolizó en cumplimiento de la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete.
La decisión afecta a la sociedad ISLAS PERDIDAS, LIMITADA, identificada con la cédula de persona jurídica número tres - ciento dos - ochocientos noventa y cinco mil trescientos cuarenta y uno. A partir de la reforma, las reglas sobre quién administra la sociedad y la dirección electrónica que debe usarse para notificaciones cambiarán para esa entidad, según lo acordado por sus cuotistas.
La escritura que protocoliza el acta lleva la fecha y hora señaladas (siete de julio de dos mil veintiséis, a las nueve horas con treinta minutos) y fue autorizada por la Notaria Pública Licda. Tatiana Marín Chavarría.
Por tanto, no se puede precisar desde esta evidencia quiénes serán los administradores concretos, qué facultades tendrán, ni cuál será la dirección electrónica para recibir notificaciones.
La fuente oficial de la publicación es La Gaceta (Imprenta Nacional), según la URL indicada en la evidencia.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.