Constancia de protocolización de modificación de la cláusula quinta (capital social) de la sociedad TRES- CIENTO UNO- NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES, S.A.
La Notaria Pública Daniela Alvarado Sandí hace constar que, mediante la escritura pública número 29-4 otorgada a las 15 horas con 30 minutos del 13 de agosto del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la sociedad TRES- CIENTO UNO- NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica tres- ciento uno- novecientos dieciocho mil setecientos ochenta y tres. En esa acta se acuerda la modificación de la cláusula quinta de los estatutos, la cual se refiere al capital social de la sociedad. El documento está registrado con el identificador IN202601119064 y se publicó en La Gaceta (Imprenta Nacional) según la referencia incluida en la evidencia.
Lo que decide o deja constancia el texto es la protocolización, mediante escritura pública número 29-4, del acuerdo adoptado en una Asamblea General Extraordinaria de accionistas para modificar la cláusula quinta de los estatutos, que trata sobre el capital social. La constancia aporta la fecha y la hora del otorgamiento de la escritura (13 de agosto del 2026, 15 horas con 30 minutos) y la identidad de la notaria que certifica (DANIELA ALVARADO SANDÍ).
el contenido exacto de la nueva redacción de la cláusula quinta; los montos, aportes o distribución concreta del capital social después de la modificación; la fecha desde la cual la modificación produce efectos ni si se requirieron otras inscripciones o trámites adicionales. Esas informaciones no aparecen en el texto reproducido y no deben inferirse.
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