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Publicación oficial detectada21 de septiembre de 2026Regulacion

Constancia notarial de aprobación de disolución y liquidación anticipada de ESPUMAS DE BRILLO ROJO S. de R.L.

El documento es una constancia firmada por el Notario Público Carlos Alejandro Ubico Durán publicada en La Gaceta. Según el texto, mediante la escritura número ciento diecinueve, visible al folio sesenta y dos vuelto del tomo TRES, y otorgada a las nueve horas del tres de julio de dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de Asamblea General de Cuotistas de la sociedad ESPUMAS DE BRILLO ROJO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – cuatrocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y tres. En esa asamblea se aprobó la disolución y liquidación anticipada de la sociedad. El notario deja constancia de ese hecho y fecha su firma en San José, seis de julio del dos mil veintiséis.

el Notario Público Lic. Carlos Alejandro Ubico Durán, que certifica la protocolización del acta en la escritura indicada. Qué se decide en el acta: se aprobó la disolución y liquidación anticipada de la sociedad ESPUMAS DE BRILLO ROJO S. de R.L. Datos concretos que contiene la constancia: número de escritura (ciento diecinueve), ubicación en el protocolo (folio sesenta y dos vuelto, tomo TRES), hora y fecha de otorgamiento (nueve horas del tres de julio de dos mil veintiséis), y la fecha de la constancia notarial (San José, seis de julio del dos mil veintiséis).

La constancia acredita que se protocolizó el acta en la escritura indicada y que allí se aprobó la disolución y liquidación anticipada, pero la evidencia no permite concluir sobre pasos administrativos o legales adicionales o sobre cuándo empezarán a regir efectos frente a terceros. La fuente oficial de la constancia es La Gaceta (Imprenta Nacional), según la publicación donde se encontró el texto.

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