Protocolización del acta de Alcobe e Hijos de Heredia S.A.: modificación de la cláusula Sexta de Administración y nombramiento de nueva Junta Directiva
Mediante la escritura número cuarenta y cinco-doce, se protocolizó un acta de la sociedad Alcobe e Hijos de Heredia Sociedad Anónima. La protocolización se registró en el folio veintiséis vuelto del tomo doce del protocolo del notario. El acto fue protocolizado a las catorce horas del dos de julio de dos mil veintiséis y el documento fechado en Heredia el ocho de julio de dos mil veintiséis. El notario que protocolizó es el Lic. Alexander Barquero Lobo. La publicación incluye el identificador (IN202601118997) y aparece en La Gaceta según la evidencia proporcionada.
se modifica la cláusula Sexta relativa a la Administración y se nombra una nueva Junta Directiva de la sociedad.
1) que la sociedad Alcobe e Hijos de Heredia S.A. registró formalmente (protocolizó) un acta; 2) que en ese acta se modificó la cláusula Sexta sobre Administración; y 3) que se nombró una nueva Junta Directiva. Lo que no puede saberse a partir de la evidencia aportada es el contenido exacto de la modificación ni la identidad de las personas nombradas en la Junta Directiva, ni la fecha en que esos cambios producen efectos societarios o su alcance legal, porque esos detalles no aparecen en el texto disponible.
La fuente oficial señalada en la evidencia es La Gaceta (Imprenta Nacional) y el documento protocolizado está identificado con folio y tomo en el protocolo notarial.
La explicación anterior se basa únicamente en el texto publicado y visible en La Gaceta según la evidencia proporcionada; la publicación cita el notario, la fecha y la identificación del acta, y no añade otros datos sobre efectos, plazos, montos u obligaciones.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.