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Publicación oficial detectada21 de septiembre de 2026Ambiente

Constitución de la Fundación NATIVA y nombramiento de su junta y representante legal (escritura protocolizada)

Ante notaría se protocolizó la escritura de constitución de la organización privada sin fines de lucro denominada “Fundación NATIVA” y se dejó registrado su clausulado estatutario completo en ese instrumento notarial. La fuente es La Gaceta mediante la publicación del documento protocolizado en la notaría del Lic. Jeuddy Anthony Morgan Mullins (ver publicación en La Gaceta).

La Fundación se llama “Fundación NATIVA”. Tendrá su domicilio legal en Siquirres, provincia de Limón, Costa Rica, descrito literalmente “de la entrada del Asilo de Ancianos en Siquirres, cincuenta metros norte”. Se consignó el correo electrónico ldmartinezc@yahoo.com para notificaciones. La Fundación se constituye por plazo de noventa y nueve años y el texto dice expresamente que “Podrá disolverse únicamente por las causales y procedimientos previstos en estos estatutos.” El objeto principal señalado es “contribuir a la conservación de la biodiversidad mediante la ejecución de acciones sostenibles que integren ciencia, tecnología y participación comunitaria”, con énfasis en la protección del Ara ambiguus (lapa verde) y la restauración de sus hábitats naturales. También se enumeran ámbitos de trabajo: educación ambiental, investigación científica, desarrollo comunitario con enfoque de economía circular e innovación tecnológica aplicada a la conservación.

La escritura dice que “El patrimonio inicial de la Fundación está constituido por la suma de ₡ uno cero cero cero cero cero aportada por el fundador,” y añade que al patrimonio “se podrán agregar donaciones, legados, subvenciones, aportes y otros ingresos lícitos.” La redacción del monto aparece textual en la evidencia; el documento reproducido aquí no convierte esa expresión a otra notación.

La administración estará a cargo de una Junta Administrativa de cinco (cinco) miembros: tres (tres) designados por el fundador, uno (uno) designado por el Poder Ejecutivo y uno (uno) designado por la Municipalidad del domicilio. La escritura integra la junta con las siguientes personas y cargos según consta en el instrumento: Presidente: Diego Martínez CUTHRELL (datos personales y domicilio consignados en la escritura); Vicepresidente: Rodolfo Martínez JIMÉNEZ; Secretario: Adolfo Martínez CUTHRELL. El documento establece que “El presidente será el representante legal de la Fundación, con las facultades de apoderado generalísimo, de acuerdo con las disposiciones del artículo mil doscientos cincuenta y cinco del Código Civil.” La escritura cita ese artículo pero en la evidencia aquí reproducida no se detallan las facultades específicas que ese artículo confiere.

La copia disponible contiene la protocolización de la escritura y transcribe varias cláusulas esenciales (nombre, domicilio, plazo, objeto, patrimonio inicial, administración y representación). Donde la redacción notarial usa expresiones textuales que resultan poco precisas (por ejemplo, la cifra del patrimonio escrita tal como aparece), esta explicación respeta la literalidad y usa lenguaje prudente sobre lo que no puede inferirse del documento.

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