Notaría certifica solicitud de inclusión de correo electrónico en la personería de la sociedad Grupo de Protección y Seguridad de Santa Bárbara de Heredia S.A.
El documento es una certificación notarial en la que el notario Saúl Alberto Yanes Quintana hace constar que la sociedad Grupo de Protección y Seguridad de Santa Bárbara de Heredia Sociedad Anónima solicitó al registro la inclusión de un correo electrónico en su personería. Esa solicitud se formalizó mediante la escritura número cuarenta y nueve- tres, otorgada a las diecinueve horas del veintiuno de mayo del año dos mil veintiséis.
Lo certifica el notario Saúl Alberto Yanes Quintana (carné dieciocho mil doscientos treinta y ocho). Afecta a la persona jurídica Grupo de Protección y Seguridad de Santa Bárbara de Heredia Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica aparece como tres-ciento uno- setecientos ochenta y siete mil quinientos nueve en el texto. El acto registrado es la solicitud, presentada por esa sociedad, para que se incluya un correo electrónico en su personería registral.
La escritura que contiene la solicitud es la número cuarenta y nueve- tres, fechada el 21 de mayo de 2026 a las 19:00. La certificación notarial está fechada en Alajuela, el 6 de julio del 2026. El aviso aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional).
El texto certificado registra la solicitud de la sociedad para incluir un correo electrónico en su personería. La evidencia disponible es la certificación notarial de la existencia de la solicitud y sus datos formales; no permite concluir que el registro haya inscrito el cambio.
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