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Publicación oficial detectada21 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud ante notaría para incorporar un correo electrónico al domicilio social de la sociedad Tres- Ciento Dos- Ochocientos sesenta y nueve mil Quinientos Ochenta y Nueve S. R. L.

Se registró ante la notaría de Juana Adoración Barquero Núñez la presentación de una solicitud, por medio del apoderado de la sociedad Tres- Ciento Dos- Ochocientos sesenta y nueve mil Quinientos Ochenta y Nueve Sociedad de responsabilidad Limitada, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad. La presentación consta en la escritura número ciento ochenta y cinco, visible al folio noventa y dos frente y vuelto del tomo dos. El acto fue presentado a las Diecisiete Horas treinta minutos del diez de Junio del Año Dos Mil Veintiséis, y la certificación notarial lleva la fecha Ciudad de Liberia, a las Doce Horas del Dos de Julio del año Dos Mil Veintiséis, suscrita por la Lic. Juana Adoración Barquero Núñez, Notaria Pública. El texto menciona que la incorporación del correo se solicita “conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.” El documento incluye la cédula de persona jurídica de la sociedad: tres- ciento dos- ochocientos sesenta y nueve mil quinientos ochenta y nueve. También aparece el identificador ( IN202601118888 ).

Por tanto, a partir de este documento solo puede afirmarse que la solicitud fue presentada en la fecha y hora indicadas y fue certificada por la notaria; no puede concluirse que la incorporación del correo electrónico ya esté vigente o inscrita en algún registro público, salvo que otra documentación lo confirme.

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