Notificación de resolución que declara el cuido provisional de la pme G.A.N.Z. (expediente RDURAIHN-00742-2026)
Se comunica a Henry Elías Neyra Torres una resolución dictada a las 8:15 del 23 de julio de 2026, en la que se declara el cuido provisional de la pme identificada como G.A.N.Z., dentro del expediente administrativo RDURAIHN-00742-2026. El documento notifica la decisión y concede audiencia al señor Henry Elías Neyra Torres por un plazo de cinco días hábiles para que presente los alegatos que estime convenientes y ofrezca las pruebas que considere necesarias. Durante ese plazo tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección. Además, se indica que puede consultar el expediente en días y horas hábiles y solicitar copias del mismo.
Oficina regional del Departamento de Atención y Respuesta Inmediata Huetar Norte, ubicada en Costa Rica, Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 50 metros al sur del Ministerio de Hacienda en Ciudad Quesada. La comunicación aparece firmada por la Licda. Eva María Arguedas Sequeira en su calidad de Órgano Director del Proceso Administrativo y Representante Legal del Departamento.
El texto oficial contiene la decisión (declarar el cuido provisional) y las condiciones procesales para que el notificado presente alegatos y pruebas en el plazo señalado.
El término “cuido provisional” y la sigla “pme” (tal como aparecen en el texto) se consignan tal cual en la notificación; la evidencia no explica en este texto su alcance específico ni las consecuencias prácticas que este cuido provisional implica. Por tanto, no es posible afirmar, a partir de la evidencia provista, qué actos concretos se autorizan, prohíben o imponen como efecto del cuido provisional, ni cuánto tiempo durará más allá de lo que el expediente o la resolución completa puedan establecer. Si necesita saber esos efectos concretos, deberá consultar el expediente en la oficina indicada o solicitar copia de la resolución completa en la dirección señalada.
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