Cancelación de credencial y sustituciones por renuncia de concejal en el distrito Tucurrique (Jiménez, Cartago) — Tribunal Supremo de Elecciones
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) canceló la credencial del concejal propietario del Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique, cantón Jiménez, provincia Cartago, que ostentaba el señor Gerardo Luna Moya, y designó a las personas que lo reemplazarán. Esta resolución está fechada en San José a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintiséis (Exp. N° 273-2026) y se publicó en el Diario Oficial.
La Secretaría del Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique comunicó, por oficio, que en la sesión ordinaria N° 119-2026 del 18 de agosto de 2026 se conoció la renuncia del señor Gerardo Luna Moya. En el expediente constan la carta de dimisión y antecedentes que acreditan que Luna Moya fue designado concejal propietario y que concurrió como postulado por el partido Republicano Social Cristiano (PRSC). La lista de candidaturas propietarias propuesta por el PRSC para ese distrito se agotó.
El TSE aplicó el artículo 56 del Código Municipal (que permite la renuncia de los miembros de los Concejos de Distrito y encarga al Tribunal la sustitución) y el artículo 208 del Código Electoral (que regula que la vacante se supla con candidaturas no electas de la misma nómina o, si la lista de candidaturas se agotó, con quien ocupe el primer lugar de las suplencias en funciones). Por ese criterio, el TSE designó a don Guillermo Navarro Díaz c.c.
Al subir el señor Guillermo Navarro Díaz c.c. Apú Roblero a concejal propietario quedó vacante su plaza de concejal suplente. El texto literal indica además que el señor Serrano Retes "pasará a ocupar el último lugar entre los miembros de su fracción política."
Las designaciones rigen desde su juramentación y hasta el 30 de abril de 2028. La resolución ordena notificar al señor Gerardo Luna Moya, al señor Guillermo Navarro Díaz (c.c. Guillermo Apú Roblero), al señor Óscar Francisco Serrano Retes, al Concejo Municipal de Jiménez y al Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique. También dispone su publicación en el Diario Oficial.
La decisión es administrativa de sustitución de cargos por renuncia y opera conforme a los artículos citados; la evidencia muestra el procedimiento seguido y las designaciones concretas. La entrada en funciones de las personas designadas depende de su juramentación, pues la resolución señala expresamente que las designaciones rigen desde ese acto.
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