Solicitud notarial para incorporar un correo electrónico al domicilio social de TRANSPORTES LOAIZA RRYM SOC. R.L.
se presentó una solicitud ante notaría para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad TRANSPORTES LOAIZA RRYM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
ante la notaría indicada, mediante la escritura número doscientos cuarenta y seis del tomo sesenta y dos, Rodrigo Loaiza Vives presentó la solicitud. El documento invoca la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La anotación consignó Ciudad de Cartago y la fecha y hora: nueve horas diez de junio de dos mil veintiséis. Aparece como notario el Lic. José Ángel Piedra Vargas.
el registro se refiere a la sociedad TRANSPORTES LOAIZA RRYM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Según la escritura, la solicitud la presentó Rodrigo Loaiza Vives “en su condición de generalísimo sin límite de suma” de dicha sociedad. La evidencia incluye la cédula jurídica de la sociedad tal como aparece en el documento: “tres- ciento dos- seiscientos tres mil sesenta y cuatro”. También aparece una cédula de identidad para la persona que firma como solicitante, con la redacción literal del texto: “tres- trescientos treinta- seiscientos noventa”.
el texto de la evidencia contiene formatos y expresiones atípicas que transcribimos tal cual. En particular, la cédula de la persona solicitante aparece como “tres- trescientos treinta- seiscientos noventa” y la forma de describir su calidad en la sociedad figura como “generalísimo sin límite de suma”. Estas fórmulas están citadas textualmente porque la evidencia no permite corregirlas ni confirmar su sentido técnico o jurídico exacto. Si esas frases son incompletas, erróneas o poco claras, la evidencia no permite determinar una interpretación única.
el documento notarial registra la presentación de la solicitud para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la ley indicada. Por tanto, lo que la evidencia muestra es la presentación notarial y los datos que la escritura dejó constar (número de escritura, tomo, solicitante, sociedad, referencia legal, lugar, fecha y notario), sin más efectos documentados dentro del texto citado.
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