Protocolización del acuerdo de Asamblea que aumenta el capital social de Tres- ciento dos – novecientos sesenta y tres mil trescientos noventa y tres Sociedad de Responsabilidad Limitada
Ante una notaría se dejó protocolizado el acta de la Asamblea General de Socios de la sociedad llamada "Tres- ciento dos – novecientos sesenta y tres mil trescientos noventa y tres Sociedad de Responsabilidad Limitada" (cédula de persona jurídica número tres – ciento dos - novecientos sesenta y tres mil trescientos noventa y tres). En esa acta se acordó reformar la cláusula número cinco del pacto constitutivo para aumentar el capital social en la suma de cincuenta y dos millones de colones.
La protocolización consta en la escritura número cinco, visible al folio seis vuelto del tomo veinticuatro del protocolo del Notario Público. El documento indica que la protocolización ocurrió “a las quince horas del trece de agosto de dos mil veintiséis”. Más adelante el texto añade la localidad y otra hora: “Grecia, a las dieciocho horas del día trece de agosto de dos mil veintiséis.” El Notario Público que firma es el Lic. Michael Arce Sancho.
El documento notarial que se publica certifica que la Asamblea acordó la reforma de la cláusula quinta y el aumento del capital social por la suma especificada. Sobre la hora y la localidad hay una incongruencia en el texto: cita “a las quince horas del trece de agosto de dos mil veintiséis” y luego “Grecia, a las dieciocho horas del día trece de agosto de dos mil veintiséis.” No es posible, con la sola evidencia publicada, determinar cuál de las dos horas corresponde exactamente al acto de protocolización o si una se refiere a otra diligencia; el documento no lo aclara.
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