Designación de correo electrónico oficial de la sociedad “Tres-Ciento Uno-Novecientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Dieciocho Sociedad Anónima”
En una escritura pública otorgada a las 12 horas 30 minutos del 05 de agosto del 2026 se protocolizó un acta de asamblea de la sociedad “Tres-Ciento Uno-Novecientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Dieciocho Sociedad Anónima”, cédula jurídica número tres-ciento uno-novecientos treinta y cinco mil doscientos dieciocho. En esa acta se acordó señalar como dirección de correo electrónico oficial de la sociedad la cuenta hectorsoto0207@gmail.com, “para efectos de notificaciones y comunicaciones conforme a la legislación vigente.”
La decisión afecta a la mencionada sociedad: desde la fecha del acta, esa dirección de correo electrónico queda registrada como el medio electrónico oficial de la empresa para recibir notificaciones y comunicaciones que se envíen conforme a la ley.
El documento registra la hora y fecha en que se otorgó la escritura (05 de agosto del 2026, 12 horas 30 minutos) y la firma o mención de la notaria: “—Licda. Kendy de los Ángeles Soto Alfaro.— 1 vez.—( IN202601115305 ).” La anotación aparece una vez en el texto publicado. La referencia del asiento en el sistema es (IN202601115305).
Por tanto, no es posible afirmar a partir de esta evidencia si el correo habilita o sustituye procedimientos legales específicos, ni qué consecuencias prácticas tiene en casos concretos de notificación.
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