Solicitud de inscripción de correo electrónico presentada por la sociedad Tres-Ciento Dos- Ochocientos Setenta y Cinco Mil Novecientos Ochenta y Siete S. de R.L.
La manifestación consta en un acta notarial firmada por el notario Edgar Odio en San José, con fecha 16 de junio del 2026, y se publicó en La Gaceta (referencia IN202601115125).
El documento afecta a la sociedad identificada por su razón social y su cédula jurídica mencionadas arriba. La acción que registra la evidencia es una solicitud (es decir, la sociedad pide) la inscripción de un correo electrónico para cumplir con la ley número 10597. La evidencia no muestra que la inscripción ya haya sido hecha por la autoridad competente; solo documenta la petición hecha mediante escritura pública ante notario.
La escritura fue otorgada el 11 de junio del 2026 a las 14:00 horas. El notario que dejó constancia es Edgar Odio y el documento está fechado en San José el 16 de junio del 2026. La publicación en La Gaceta indica “1 vez” y registra el código ( IN202601115125 ). El texto explícitamente dice que la solicitud se hace “en cumplimiento con la ley número 10597.”
Por tanto, no puede afirmarse a partir de esta evidencia que la inscripción esté efectivamente registrada o aprobada.
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