Protocolo de acta de Asamblea de Cuotistas que acuerda reformar la cláusula de administración de J FIFTY THREE OPCO LIMITADA
El documento registra que, mediante escritura pública firmada ante notario, se protocolizó el acta de la Asamblea de Cuotistas de la sociedad J FIFTY THREE OPCO LIMITADA y que en esa asamblea los cuotistas acordaron reformar la cláusula referente a la administración en los estatutos de la sociedad.
La escritura fue otorgada “a las ocho horas, del día dieciséis de junio de junio dos mil veintiséis” y el acta quedó protocolizada por el Notario Público Lic. Eric Scharf Taitelbaum en San José, dieciséis de junio de dos mil veintiséis. El texto aparece publicado en La Gaceta; el aviso oficial se encuentra en el expediente identificado como (IN202601115032) y está disponible en la publicación oficial indicada en la evidencia.
Afecta a la sociedad J FIFTY THREE OPCO LIMITADA y, en particular, a sus cuotistas (titulares de las cuotas sociales), porque la modificación se refiere a la cláusula de administración de los estatutos, es decir, a las reglas sobre quién y cómo administra la sociedad.
Lo que consta es la existencia del acuerdo de reforma de la cláusula de administración y que ese acuerdo fue formalizado mediante escritura pública y protocolizado por notario.
La frase literal incluida en el documento es: “se acordó reformar la cláusula referente a la administración, en los estatutos de la sociedad.” Esa redacción no indica cuál es el contenido de la reforma. Por eso no puede saberse, a partir de este aviso, qué cambios concretos se hicieron, desde cuándo rigen esos cambios ni qué obligaciones o permisos nuevos resultan para personas dentro o fuera de la sociedad.
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