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Publicación oficial detectada09 de septiembre de 2026Ambiente

Solicitud de registro de la marca CASETiFY en la clase internacional 9 (Solicitud Nº 2026-0007617)

La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0007617, en la que Álvaro Enrique Dengo Solera, en calidad de representante desconocido de Casetagram Limited (domicilio: 18/F, Neo, 123 Hoi Bun Road, Kwun Tong, Kowloon, Hong Kong), solicita la inscripción de CASETiFY como marca de fábrica y comercio en la clase(s) internacional(es) 9. El texto del edicto contiene la lista de productos y servicios de la clase 9 para los cuales se pide protección y las condiciones que el solicitante impone sobre el alcance de la protección.

Afecta a terceros que consideren que la inscripción de esta marca puede afectar sus derechos. El edicto cita expresamente que “Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” Esa es la condición procesal establecida en la publicación para presentar oposición; la fecha de presentación indicada en el expediente es 22 de junio de 2026 y la fecha consignada en el texto del edicto es 24 de junio de 2026.

La solicitud incluye una reserva expresada así: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” También se cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esas dos menciones condicionan cómo se reclama la protección, según el propio texto publicado.

bolsas adaptadas para computadoras portátiles; pulseras de identificación magnéticas codificadas; etiquetas electrónicas para mercancías; soportes adaptados para computadoras portátiles; protectores para asistentes digitales personales [PDAs]; estuches especialmente fabricados para aparatos e instrumentos fotográficos; protectores para computadoras portátiles; fundas para computadoras tabletas; protectores de pantalla para teléfonos móviles; películas protectoras adaptadas para pantallas de computadoras; gafas inteligentes; relojes inteligentes; soportes adaptados para teléfonos móviles y para teléfonos inteligentes; estuches para teléfonos inteligentes; protectores para teléfonos inteligentes; agarraderas en forma de anillo para teléfonos móviles; soportes en forma de anillo para teléfonos móviles; correas para teléfonos celulares; kits manos libres para teléfonos; películas protectoras adaptadas para teléfonos inteligentes; auriculares; audífonos; auriculares para comunicación remota; almohadillas para auriculares; altavoces portátiles; receptores de audio y vídeo; amplificadores; mezcladores de audio; lentes para selfies; cables eléctricos; baterías eléctricas; cargadores de baterías; cargadores para acumuladores eléctricos; cargadores para teléfonos móviles; cargadores portátiles de energía; aplicaciones de software descargables para entornos virtuales; archivos de imagen descargables; ropa virtual descargable; emoticonos descargables para teléfonos móviles; gráficos descargables para teléfonos móviles.

El edicto indica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, pero la representación visual exacta de la marca (si incluye logotipo, colores o disposición gráfica) no está reproducida íntegramente en el texto proporcionado aquí; por tanto no puede precisarse cómo aparece la marca en la solicitud publicada.

La publicación figura en La Gaceta, el edicto incluye la fecha 24 de junio de 2026 y consignas sobre la presentación (presentada el 22 de junio de 2026). El aviso menciona a la registradora Kimberly Arick Alvarado y el número interno del expediente: IN202601123755.

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