Solicitud de inscripción de Nombre Comercial para un establecimiento de hospedaje en Monteverde (Solicitud N.º 2026-0009616)
Se publicó en La Gaceta la solicitud de inscripción como Nombre Comercial N.º 2026-0009616. No es una inscripción concedida: el documento anuncia que se solicita la inscripción y convoca a terceros interesados para que hagan valer sus derechos dentro del plazo indicado.
Se solicita la inscripción de un Nombre Comercial en la(s) clase(s) Internacional(es) correspondiente(s) a clase 49. El objeto protegido declarado en la solicitud es “Un establecimiento comercial dedicado a Servicio de hospedaje.” La ubicación que consta en el aviso es Puntarenas, Monteverde, Santa Elena, con la referencia “150 metros norte de la escuela de Cerro Plano.”
El edicto indica que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además la publicación cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.” El aviso también registra que el solicitante se reserva el color “verde olivo.”
El edicto cita a terceros interesados para que, si lo desean, defiendan sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El aviso añade que, para efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
La solicitud trae la fecha “25 de agosto de 2026” y la indicación “Presentada el: 5 de agosto de 2026.” El Registrador o Registradora que firma el edicto es Rina Ruiz Mata y aparece el número interno IN202601120672. La fuente oficial de la publicación es La Gaceta (Imprenta Nacional) y el documento publicado está identificado en el aviso como un edicto de registro de marca/nombre comercial.
Esta explicación se ciñe literalmente al contenido del aviso publicado en La Gaceta. Donde el texto oficial es claro se reproduce; donde el aviso formula frases legales (por ejemplo, protección “tal y como aparece en la solicitud” o la excepción del art. 28) se trascribe tal cual. No se añade interpretación jurídica ni conclusiones sobre efectos futuros más allá de lo que el texto publica.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.