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Publicación oficial detectada09 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de inscripción como marca de servicios (Clase 41) presentada por Christie Amores Gómez

La Gaceta publica la solicitud Nº 2026-0009714, presentada por Christie Amores Gómez, para inscribir como marca de servicios un signo en la clase 41 de la Clasificación Internacional. La publicación registra la presentación de la solicitud; el edicto incluye las condiciones y reservas que la acompañan según la propia solicitud y la normativa citada.

El expediente asociado en la publicación aparece como (IN202601118903). La Registradora indicada en el edicto es Grettel Solís Fernández.

La solicitud pide protección como marca de servicios para “Servicios de educación y formación, organización y realización de talleres, cursos y cases de pin- turas artística y manualidades.” El texto original contiene la expresión truncada “cases de pin- turas artística y manualidades”; esa fragmentación aparece así en la evidencia y genera incertidumbre sobre la redacción exacta del término afectado.

La solicitud fue presentada el 07 de agosto de 2026. En el edicto figura la fecha 19 de agosto de 2026. El aviso cita que los terceros interesados pueden “hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” Es decir, la publicación abre un plazo de oposición de dos meses desde la primera publicación del edicto, según la redacción del propio aviso.

El edicto incorpora una reserva señalando que, “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además reproduce el contenido del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que indica: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. El edicto no especifica si en esta solicitud concreta existen elementos de uso común o necesario que quedarían fuera de la protección; solo cita la norma como posible límite.

El aviso dice que, “A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.” La fuente oficial de la publicación es La Gaceta (Imprenta Nacional), con documento disponible en la URL indicada en la evidencia.

Según el texto del edicto, terceros que consideren afectados sus derechos tienen un plazo de dos meses desde la primera publicación del edicto para defenderlos ante el Registro. El edicto no detalla trámites específicos, requisitos documentales ni el resultado del procedimiento de registro; solo anuncia la solicitud y los plazos para terceros conforme a lo reproducido en la evidencia.

El párrafo que describe los servicios contiene una fragmentación tipográfica (“cases de pin- turas artística y manualidades”) que se reproduce tal cual en la evidencia. Esa gráfica produce incertidumbre sobre la palabra exacta que se quiso consignar y no permite asegurar si se trata de un error tipográfico o de otra naturaleza en la solicitud original.

La GacetaRegulacion
Respaldo oficial

Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.

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