Solicitud de registro de marca presentada por Beneficio La Eva (Solicitud N° 2026-0007194)
La publicación notifica que se solicita la inscripción de un signo como Marca de Fábrica y Servicios en las clases internacionales 30; 35; 36; 39; 41 y 43, y que la protección pedida es “tal y como aparece en la solicitud”, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978. La publicación en La Gaceta aparece con fecha 24 de agosto de 2026 y la solicitud fue presentada el 15 de junio de 2026. Esta publicación es un edicto de solicitud; no es una resolución que ya conceda el registro.
La solicitante declara domicilio en Alajuela, Valverde Vega, Sarchí, 40 metros al norte del Banco Nacional de Costa Rica. Se piden protecciones en las siguientes clases y con las descripciones textuales que figuran en la publicación: en clase 30: chocolates; repostería; cacao; confitería; café de especialidad, chocolates de especialidad.; en clase 35: tienda; comercialización física y en línea; comercialización minorista; venta de souvenirs; venta de productos gourmet.; en clase 36: desarrollo inmobiliario; alquiler; administración inmobiliaria; alquiler de residencias de lujo; condominios; bienes raíces de hospitalidad; en clase 39: organización de tours; transporte turístico; excursiones; reservas turísticas; en clase 41: entretenimiento, eventos culturales, talleres, educación, academia de café, cursos, museo, experiencias turísticas, visitas guiadas, actividades recreativas, conciertos, festivales; en clase 43: hotelería, hospedaje, restaurante, cafetería, tienda de productos de café, catering, bar, mercado gastronómico, hospedaje turístico, turismo gastronómico. La solicitud reserva los colores blanco, rojo, verde, azul y negro.
La publicación indica que se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación del edicto. Es decir, quienes consideren que la inscripción solicitada afecta sus derechos tienen un plazo de dos meses desde la primera publicación para presentar lo que proceda ante el Registro. La publicación hace referencia al artículo 85 de la Ley 7978 para efectos de publicación.
La publicación incluye la cita del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cita indica una norma que puede limitar la extensión de la protección solicitada si procede. La publicación no concede ni niega el registro; solo anuncia la solicitud y el plazo para oposiciones. La referencia a que el signo “se protegerá tal y como aparece en la solicitud” proviene del artículo 18 del Reglamento de la Ley 7978, según dice la publicación.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.