Notificación por edicto de la Municipalidad de Santa Ana sobre omisiones en deberes del artículo 84 del Código Municipal
La Municipalidad de Santa Ana publica por tercera vez una notificación por edicto dirigida a propietarios y poseedores de inmuebles del cantón que, según el Gobierno Local, han incumplido los deberes contenidos en el artículo 84 del Código Municipal (Ley 7794). La notificación informa que a las personas y sociedades señaladas en la lista se les exige realizar obras o labores específicas (por ejemplo: limpiar vegetación, cercar el inmueble, o permitir recuperación de terreno municipal) dentro del plazo en días hábiles que aparece en la columna “Plazo días hábiles” de la lista adjunta. Si la persona obligada no realiza la obra o labor dentro del plazo indicado, la Municipalidad cargará a su cuenta de servicios urbanos la multa trimestral que figura en la columna “multa trimestral”. Esa multa se repetirá cada trimestre mientras dure la omisión.
La lista incluida en la publicación contiene, para cada caso, datos como folio, identificación del propietario o poseedor, motivo de la obligación (por ejemplo “LIMPIAR VEGETACIÓN” o “CERCAR EL INMUEBLE”), el plazo (en la mayoría de los casos 10 días hábiles) y la multa trimestral expresada en colones (por ejemplo: ₡24 750,00; ₡103 125,00; ₡409 400,00; entre otros). En algunos registros aparecen procesos de recuperación de terreno municipal con expediente indicado (por ejemplo GOT-IDV-03-002-2026) y un plazo de 30 días hábiles; la columna de multa en esos dos renglones muestra “₡00 000,00” en la evidencia provista.
la notificación se tendrá por realizada al día hábil siguiente de la tercera publicación, conforme al artículo 241 de la Ley 6227. Sobre recursos, la nota indica que contra esta notificación proceden, potestativamente, los recursos ordinarios de revocatoria ante el Encargado de Control Urbano y/o de apelación ante el Alcalde. Esos recursos deben presentarse en el Palacio Municipal, en horario de oficina, dentro del plazo de cinco días hábiles, conforme al artículo 171 del Código Municipal.
La presente actuación y las especificaciones técnicas de las labores a realizar se regulan en el “REGLAMENTO PARA EL COBRO DE MULTAS Y CONSTRUCCIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS REALIZADOS POR LA MUNICIPALIDAD, COMO CONSECUENCIA DE LA OMISIÓN A LOS DEBERES DE LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE INMUEBLES, LOCALIZADOS EN EL CANTÓN DE SANTA ANA”, cuyo texto fue publicado en La Gaceta 240 del 21 de noviembre de 2007, ratificado en La Gaceta 224 del 13 de diciembre de 2007 y reformado en La Gaceta 176 del 11 de setiembre de 2008. La notificación está firmada por el Inspector Notificador de Procesos de Control Urbano y fechada Santa Ana, 20 de agosto de 2026.
la publicación que se presenta contiene la lista de casos y los datos que indican la obligación y la multa, pero la evidencia tal como se muestra tiene algunas líneas con formato confuso (por ejemplo entradas repetidas o importes “₡00 000,00”), lo que impide afirmar con certeza el contenido exacto de esas filas en todos los casos. Si necesita actuar (por ejemplo presentar un recurso o realizar la obra), consulte la publicación original en La Gaceta y/o el Palacio Municipal para confirmar la fila que le corresponda y el contenido exacto de plazos y montos.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.